Senasica.- Acuerdo por el que se establece la campaña y las medidas fitosanitarias que deberán aplicarse para el control y en su caso erradicación del picudo del agave, así como disminuir el daño de las enfermedades asociadas a dicha plaga en la Zona Denominación de Origen Tequila.

Organismo notificador: SENASICA

Fecha: 09/01/2013

Resumen: Senasica.- Acuerdo por el que se establece la campaña y las medidas fitosanitarias que deberán aplicarse para el control y en su caso erradicación del picudo del agave, así como disminuir el daño de las enfermedades asociadas a dicha plaga en la Zona Denominación de Origen Tequila.

El día martes 8 de enero de 2013 se publicó en el DOF, el Acuerdo por el que se establece la campaña y medidas fitosanitarias para el control del picudo del agave (Scyphophorus acupunctatus) y reducir el daño de las enfermedades causadas por Fusarium moniliforme, Fusarium oxysporum, Thielaviopsis paradoxa, Cercospora agavicola y Pectobacterium (=Erwinia) carotovora, asociadas al agave Agave tequilana variedad azul y otras especies de agave con presencia de las plagas.

El acuerdo es de observancia obligatoria en la Zona de Denominación de Origen Tequila. La SAGARPA aplicará y vigilará el cumplimiento a lo dispuesto a través del SENASICA y de sus Delegaciones Estatales.

El SENASICA reconocerá y determinará respecto al picudo del agave para una zona, las siguientes condiciones fitosanitarias: i) Libre: cuando no se tenga presencia del picudo del agave; y ii) Bajo Control Fitosanitario: cuando se tenga presencia del picudo del agave.

Lo anterior deberá ser comprobado de manera oficial, mediante evidencias del muestreo y dictámenes de laboratorio de pruebas de los diagnósticos fitosanitarios.

Debido a la condición fitosanitaria actual del agave, las Zonas Bajo Control Fitosanitario por la presencia del picudo del agave, son los municipios que comprenden la Denominación de Origen Tequila vigente a la fecha, que son, Jalisco: todo el Estado; Guanajuato: los municipios de Abasolo, Ciudad Manuel Doblado, Cuerámaro, Huanímaro, Pénjamo, Purísima del Rincón y Romita; Michoacán: los municipios de Briseñas de Matamoros, Chavinda, Chilchota, Churintzio, Cotija, Ecuandureo, Jacona, Jiquilpan, Maravatío, Marcos Castellanos, Nuevo Parangaricutiro, Numarán, Pajacuarán, Peribán, la Piedad, Régules, Los Reyes, Sahuayo, Tancítaro, Tangamandapio, Tangancícuaro, Tanhuato, Tingüindín, Tocumbo, Venustiano Carranza, Villamar, Vistahermosa, Yurécuaro, Zamora y Ziináparo; Nayarit: los municipios de Ahuacatlán, Amatlán de Cañas, Ixtlán, Jala, San Pedro de Lagunillas, Santa María del Oro, Tepic y Xalisco; y Tamaulipas: los municipios de Aldama, Altamira, Antiguo Morelos, Gómez Farías, González, Llera, Mante, Nuevo Morelos, Ocampo, Tula y Xicoténcatl.

Para el caso del reconocimiento fitosanitario de Zonas Libres para el picudo del agave, se basará en la información que presenten los interesados a la Secretaría, directamente o a través de los Gobiernos de los Estados u Organismos Auxiliares de Sanidad Vegetal, evaluando el expediente técnico, que incluirá el padrón actualizado de superficies, edades de las plantaciones de agave y productores, así como resultados negativos del trampeo de al menos tres ciclos biológicos del picudo. De igual manera, se evaluará el cumplimiento de la normatividad vigente. Una vez recibida y revisada la documentación, el SENASICA realizará una visita a la zona para verificar el cumplimiento de los requisitos fitosanitarios, y una vez constatado el cumplimiento de los mismos la SAGARPA, previo reconocimiento del SENASICA, publicará en el DOF el reconocimiento de Zona Libre.

Asimismo en el presente Acuerdo se establecen los lineamientos para el mantenimiento, pérdida y recuperación del estatus fitosanitario respecto al picudo del agave, el manejo fitosanitario que deberá observarse en las plantaciones de agave en las Zonas Bajo Control Fitosanitario, el establecimiento adecuado de nuevas plantaciones y sitios de producción de material propagativo de agave, objetivo y responsables de la ejecución de la campaña para la protección fitosanitaria del agave, manejo de focos de infestación, verificación y certificación de la producción de material propagativo de agave, y así también, se detalla el derecho de inspección oficial en cualquier tiempo y lugar por parte de la SAGARPA.



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