Organismo notificador: SENASICA
Fecha: 23/05/2015
Resumen: Emite SAGARPA acuerdo para facilitar el comercio internacional agroalimentario
Emite SAGARPA acuerdo para facilitar el comercio internacional agroalimentario
México, D.F., sábado 23 de mayo de 2015
El documento publicado en el DOF busca agilizar las operaciones de comercio internacional de mercancÃas agroalimentarias, asà como dar claridad y transparencia a los procedimientos de verificación, inspección y certificación.
Esto permitirá constatar que los alimentos de importación y exportación cumplen con los requisitos sanitarios y de inocuidad necesarios para garantizar el comercio seguro y la salud pública.
El Gobierno de la República promueve la desregulación y simplificación del marco normativo, lo que disminuye costos en la gestión de trámites y servicios.
Con el objetivo de facilitar los procedimientos de comercio internacional de productos agroalimentarios, la SecretarÃa de Agricultura, GanaderÃa, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) expidió el Acuerdo que modifica el similar por el que se da a conocer el procedimiento para obtener, a través de medios electrónicos, los certificados de importación y exportación de mercancÃas agrÃcolas, pecuarias, acuÃcolas y pesqueras.
A través del documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se simplifica y agiliza el trámite de certificados que expide el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) para hacer más ágiles, fáciles y seguros los procesos de comercio exterior.
La finalidad es brindar herramientas para elevar la competitividad del sector agroalimentario nacional, ya que permite al importador o exportador utilizar la figura de representación reconocida en la Ley Aduanera (encargo conferido), mediante la cual su agente aduanal podrá solicitar certificados para importación y exportación por medios electrónicos.
Para este fin, debe utilizar la firma electrónica avanzada, a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, con lo que se brinda una opción más para gestionar los certificados.
El SENASICA, además, podrá auxiliarse de organismos de coadyuvancia aprobados o autorizados, a efecto de que de manera previa a la expedición del certificado para la importación realicen la verificación e inspección tanto fÃsica como documental de las mercancÃas, lo que permitirá reducir los tiempos del trámite correspondiente.
El acuerdo publicado en el DOF busca también dar claridad y transparencia a los procedimientos de verificación e inspección para constatar que los alimentos de importación y exportación cumplen con los requisitos sanitarios y de inocuidad necesarios para garantizar el comercio seguro y la salud pública.
Los certificados de importación y exportación son documentos oficiales que expide el SENASICA con el fin de constatar que se cumplen los requisitos para la introducción o salida de productos de origen agrÃcola, pecuario, acuÃcola o pesquero, previa verificación documental y fÃsica, a efecto de asegurar las condiciones necesarias de sanidad e inocuidad.
Estos trámites se realizan a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, herramienta del Gobierno Federal a través de la cual los agentes de comercio exterior realizan en un solo sitio todas las gestiones necesarias para la comercialización y tránsito de mercancÃas, incluidos los trámites relacionados con restricciones y regulaciones no arancelarias.
Entre otras modificaciones, el acuerdo precisa que el Certificado Zoosanitario o Fitosanitario para Exportación ampara la movilización de las mercancÃas agroalimentarias por el territorio nacional, desde su lugar de origen hasta su destino final, por lo que no será necesario que se tramite el Certificado de Movilización Nacional.
Cabe señalar que el Gobierno de la República promueve la desregulación y simplificación del marco normativo, lo que disminuye costos en la gestión de trámites y servicios y garantiza los niveles adecuados de protección de la sanidad agrÃcola, pecuaria, acuÃcola o pesquera del paÃs, en beneficio de la salud de los consumidores.
Para proteger la salud pública, el acuerdo establece que, previo a la expedición del certificado para la importación, personal oficial o algún Ãrgano de Coadyuvancia del SENASICA debe inspeccionar, fÃsica y documentalmente, que el producto que se pretende ingresar a territorio mexicano cumple con los requisitos establecidos en los módulos de consulta para constatar su condición sanitaria y de inocuidad de acuerdo con los estándares internacionalmente aceptados para tal efecto.
De igual manera, cuando lo considere necesario, el órgano desconcentrado de la SAGARPA inspeccionará fÃsica y documentalmente las mercancÃas de exportación, a fin de certificar que cumplen con los requisitos de sanidad e inocuidad que exige el paÃs destino.